El conductor de un patinete eléctrico, un ciudadano de nacionalidad china, ha abonado una indemnización de 2.400 euros a la conductora de un ciclomotor como consecuencia de un accidente de tráfico que provocó este Vehículo de Movilidad Personal (MVP), en una de las primeras indemnizaciones relacionadas con este tipo de vehículos en los que no es necesario que dispongan de un seguro obligatorio de responsabilidad civil.
El accidente tuvo lugar sobre las 20:15 horas del 2 de diciembre de 2019, en la calle Transporte del polígono Carretera Amarilla, cuando el patinete eléctrico salió de una zona de aparcamiento entre los coches, incorporándose a la calzada. En ese momento circulaban por la misma un turismo, a cuyo conductor le dio tiempo de frenar, y una motocicleta, que fue embestida por el patinete al irrumpir en la calzada de forma imprevista y colisionó a su vez con el turismo.
Como consecuencia del impacto, la conductora de la moto sufrió diversas lesiones de las que tardó en curar 58 días. El atestado de la Policía Local elaborado a raíz de este accidente señaló que el siniestro se produjo porque el patinete eléctrico accedió a la calzada "de forma sorpresiva".
Según la Policía Local, el suceso se debió al incumplimiento por parte del conductor del patinete del artículo 72 del reglamento general de circulación, que establece que cuando el conductor de un vehículo parado o estacionado en una vía pretenda incorporarse a la circulación "deberá cerciorarse previamente, incluso siguiendo las indicaciones de otra persona en caso necesario, de que puede hacerlo sin peligro para los demás usuarios, cediendo el paso a otros vehículos y teniendo en cuenta la posición, trayectoria y la velocidad de éstos, y lo advertirá con las señales obligatorias para estos casos".
El abogado Jaime Chico, del bufete Chico Martínez Abogados y que ha representado a la conductora del ciclomotor, ha explicado a este periódico que según la actual ley de la Dirección General de Tráfico y la ordenanza municipal, los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), no requieren el uso del seguro obligatorio, y en este caso "el propietario del patinete ha tenido que hacer frente al pago de la indemnización de su propio bolsillo, por un importe de 2.400 euros", gracias a un acuerdo extrajudicial alcanzado con el dueño del vehículo que provocó el siniestro.
El abogado Jaime Chico, que ha logrado el acuerdo para indemnizar a la motorista.El abogado Jaime Chico, que ha logrado el acuerdo para indemnizar a la motorista.
El abogado Jaime Chico, que ha logrado el acuerdo para indemnizar a la motorista. / M. G.
El letrado recordó la importancia de que los usuarios de estos vehículos "respeten las normas de circulación cuando utilizan estos medios de transporte, porque aunque se trata de una de las primeras indemnizaciones a las que ha tenido que hacer frente un propietario de un patinete eléctrico en Sevilla", Jaime Chico está "seguro de que no será la última, porque los patinetes han venido a nuestras calles para quedarse en ellas".
El abogado ha señalado que debido a la proliferación de este tipo de nuevos vehículos, hay muchos usuarios que los utilizan "de forma incorrecta y temeraria". "No cabe duda de que son un gran avance para la movilidad urbana y a mi juicio es un vehículo que hay que impulsar debido a los grandes beneficios que aporta, tanto al usuario como a nuestro entorno, pero también hay que concienciarse de los peligros que conlleva un mal uso de estos vehículos", ha concluido.
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